{"id":5405,"date":"2026-07-07T09:00:00","date_gmt":"2026-07-07T08:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/?p=5405"},"modified":"2026-07-06T09:45:17","modified_gmt":"2026-07-06T08:45:17","slug":"irpf-venta-vivienda-sevilla-2026","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/irpf-venta-vivienda-sevilla-2026\/","title":{"rendered":"IRPF al vender tu vivienda en Sevilla: tipos, exenciones y c\u00f3mo pagar menos en 2026"},"content":{"rendered":"<p>Si has vendido o est\u00e1s a punto de vender tu vivienda en Sevilla, hay una pregunta que tarde o temprano te vas a hacer: \u00bfcu\u00e1nto se lleva Hacienda de la diferencia entre lo que pagaste por el piso y lo que has cobrado ahora? No hay un porcentaje \u00fanico ni fijo, as\u00ed que vamos a desglosar los tramos que aplica la Agencia Tributaria en la pr\u00f3xima declaraci\u00f3n de la renta.<\/p>\n\n<p>La parte buena es que existen dos exenciones que pueden dejar esa ganancia en cero euros de IRPF, tengas la edad que tengas o los planes que tengas tras la venta. Vamos por partes.<\/p>\n\n<h2>Qu\u00e9 es la ganancia patrimonial y cu\u00e1ndo tributa<\/h2>\n<p>Cuando vendes una vivienda, Hacienda calcula la diferencia entre el valor de transmisi\u00f3n (lo que has recibido por la venta, menos los gastos de la propia venta) y el valor de adquisici\u00f3n (lo que pagaste en su d\u00eda, m\u00e1s el ITP o el IVA que abonaste entonces, m\u00e1s las mejoras que puedas justificar con factura).<\/p>\n<p>Si esa resta sale negativa, no hay ganancia y no tributas nada por este concepto. Si sale positiva, esa ganancia patrimonial se suma a la base imponible del ahorro, junto con otros rendimientos como intereses o dividendos, y tributa seg\u00fan los tramos que vemos a continuaci\u00f3n.<\/p>\n\n<h2>Tramos del IRPF en 2026 para la ganancia de la venta<\/h2>\n<p>Los tramos estatales de la base imponible del ahorro, vigentes para la Renta 2026, son estos (fuente: Agencia Tributaria):<\/p>\n<ul>\n<li>19% para los primeros 6.000 \u20ac<\/li>\n<li>21% entre 6.000 \u20ac y 50.000 \u20ac<\/li>\n<li>23% entre 50.000 \u20ac y 200.000 \u20ac<\/li>\n<li>27% entre 200.000 \u20ac y 300.000 \u20ac<\/li>\n<li>30% a partir de 300.000 \u20ac (este \u00faltimo tramo subi\u00f3 del 28% al 30% desde el ejercicio 2025)<\/li>\n<\/ul>\n<p>Un ejemplo para verlo claro: si vendes un piso en Nervi\u00f3n o en Amate y la ganancia patrimonial resultante es de 80.000 \u20ac, pagar\u00edas 1.140 \u20ac por los primeros 6.000 \u20ac, 9.240 \u20ac por el tramo de 6.000 \u20ac a 50.000 \u20ac, y 6.900 \u20ac por los 30.000 \u20ac restantes. En total, 17.280 \u20ac de IRPF sobre esa ganancia, sin contar las dos exenciones que te explico ahora.<\/p>\n\n<h2>La exenci\u00f3n que casi nadie usa: reinvertir en otra vivienda habitual<\/h2>\n<p>Si la vivienda que vendes es tu residencia habitual y reinviertes el importe total obtenido en comprar otra vivienda habitual, la ganancia queda exenta de tributaci\u00f3n. El plazo para reinvertir es de dos a\u00f1os, que pueden contarse tanto hacia delante como hacia atr\u00e1s desde la fecha de venta, seg\u00fan confirma la Agencia Tributaria.<\/p>\n<p>Si solo reinviertes una parte del dinero, la exenci\u00f3n se aplica de forma proporcional a esa parte reinvertida. El resto de la ganancia s\u00ed tributa por los tramos anteriores.<\/p>\n\n<h2>Si tienes m\u00e1s de 65 a\u00f1os, no pagas nada<\/h2>\n<p>Aqu\u00ed no hace falta reinvertir en nada. Si tienes 65 a\u00f1os o m\u00e1s y vendes tu vivienda habitual, o una que lo haya sido en los dos a\u00f1os anteriores a la venta, toda la ganancia queda exenta, la reinviertas o no. Nos sorprende lo poco que se conoce esta exenci\u00f3n: nos ha pasado m\u00e1s de una vez sentarnos con un vendedor de 68 a\u00f1os que ya daba por hecho que iba a pagar un dineral a Hacienda.<\/p>\n\n<h2>Qu\u00e9 gastos puedes restar de la ganancia<\/h2>\n<p>Antes de calcular cu\u00e1nto vas a pagar, revisa qu\u00e9 puedes sumar al valor de adquisici\u00f3n o restar del valor de transmisi\u00f3n, porque reduce directamente la ganancia:<\/p>\n<ul>\n<li>Notar\u00eda, registro y gestor\u00eda de la compra original<\/li>\n<li>El ITP o el IVA que pagaste al comprar<\/li>\n<li>Reformas y mejoras justificadas con factura (no el mantenimiento habitual)<\/li>\n<li>La comisi\u00f3n de la inmobiliaria en la venta actual<\/li>\n<li>La plusval\u00eda municipal que hayas pagado por la venta<\/li>\n<\/ul>\n<p>Guarda todas las facturas. En una inspecci\u00f3n, sin justificante no hay deducci\u00f3n que valga.<\/p>\n\n<h2>Ojo, la plusval\u00eda municipal es un impuesto aparte<\/h2>\n<p>El IRPF por la ganancia patrimonial y la plusval\u00eda municipal (el IIVTNU que cobra el Ayuntamiento de Sevilla) son dos impuestos distintos y se pagan los dos, aunque tengas derecho a alguna de las exenciones de IRPF que hemos visto. Si quieres el detalle de c\u00f3mo se calcula esta \u00faltima, tienes la gu\u00eda completa en el enlace que te dejamos m\u00e1s abajo.<\/p>\n\n<h2>C\u00f3mo se refleja esto en la pr\u00e1ctica cuando vendes con Vivenzia Home<\/h2>\n<p>Cuando gestionamos una venta en Nervi\u00f3n o en Amate, una de las primeras cosas que revisamos con el propietario es precisamente esta parte fiscal, antes incluso de fijar el precio de salida. No es raro encontrarnos con vendedores que llevan las escrituras de compra sin abrir desde hace quince o veinte a\u00f1os, y ah\u00ed suele estar buena parte del valor de adquisici\u00f3n que luego reduce la ganancia: gastos de notar\u00eda, ITP de la \u00e9poca, alguna reforma de cocina o ba\u00f1o con factura.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n conviene aclarar qui\u00e9n declara qu\u00e9 cuando la vivienda tiene varios titulares, por ejemplo un matrimonio o varios hermanos que han heredado el piso. Cada titular declara su porcentaje de la ganancia y aplica la exenci\u00f3n de reinversi\u00f3n o de mayores de 65 a\u00f1os seg\u00fan su situaci\u00f3n personal, no la del conjunto de propietarios. Esto tiene consecuencias importantes si uno de los titulares tiene m\u00e1s de 65 a\u00f1os y otro no, porque la parte exenta solo cubre a quien cumple el requisito.<\/p>\n<p>Nuestro consejo, con casi veinte a\u00f1os acompa\u00f1ando ventas en Sevilla: habla con tu gestor\u00eda o asesor fiscal antes de firmar el contrato de arras, no despu\u00e9s. Hay decisiones, como el reparto del precio entre vivienda y trastero o plaza de garaje si se venden juntos, que conviene cerrar con esa informaci\u00f3n fiscal ya sobre la mesa.<\/p>\n\n<h2>Preguntas frecuentes<\/h2>\n<h3>\u00bfTengo que declarar la venta si no he ganado dinero?<\/h3>\n<p>S\u00ed. Aunque el resultado sea una p\u00e9rdida patrimonial o una ganancia de cero, la venta se declara igualmente en la Renta. Si hay p\u00e9rdida, adem\u00e1s, puedes compensarla con otras ganancias del mismo ejercicio o de los cuatro siguientes.<\/p>\n<h3>\u00bfLa exenci\u00f3n por reinversi\u00f3n es autom\u00e1tica?<\/h3>\n<p>No. Tienes que indicarlo expresamente en la declaraci\u00f3n del ejercicio en que vendes, y si la reinversi\u00f3n es posterior, comunicarlo tambi\u00e9n en las declaraciones de los a\u00f1os en que vayas completando la compra de la nueva vivienda.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 pasa si tardo m\u00e1s de dos a\u00f1os en reinvertir?<\/h3>\n<p>Pierdes el derecho a la exenci\u00f3n por la parte no reinvertida en plazo, salvo causas justificadas muy concretas que Hacienda valora caso por caso. Conviene no apurar el plazo.<\/p>\n\n\n<div style=\"background: linear-gradient(135deg, #0575e0, #75d1f2); border-radius: 12px; padding: 32px; margin: 32px 0; text-align: center;\" id=\"cta\">\n  <p style=\"color: #fff; font-size: 22px; font-weight: 700; font-family: 'Poppins', sans-serif; margin-bottom: 8px;\">\u00bfTienes dudas sobre la fiscalidad de tu venta?<\/p>\n  <p style=\"color: rgba(255,255,255,0.9); font-size: 16px; font-family: 'Poppins', sans-serif; margin-bottom: 20px;\">Te asesoramos sin compromiso antes de que firmes nada<\/p>\n  <a href=\"https:\/\/www.vivenziahome.com\/contacto\/?utm_source=blog&#038;utm_medium=cta&#038;utm_campaign=irpf-venta-vivienda-sevilla-2026\" style=\"display: inline-block; background: #fff; color: #0575e0; font-weight: 700; font-family: 'Poppins', sans-serif; padding: 14px 32px; border-radius: 8px; text-decoration: none; font-size: 16px;\">Pide tu asesoramiento gratuito<\/a>\n  <p style=\"color: rgba(255,255,255,0.7); font-size: 14px; font-family: 'Poppins', sans-serif; margin-top: 12px;\">O ll\u00e1manos al 954 98 16 00 \u00b7 Tu sue\u00f1o, nuestro reto.<\/p>\n<\/div>\n\n\n<h2>Te puede interesar<\/h2>\n<ul>\n<li><a href=\"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/itp-andalucia-2026-comprar-vivienda-sevilla\/\">ITP en Andaluc\u00eda 2026: cu\u00e1nto pagas al comprar una vivienda en Sevilla y c\u00f3mo reducirlo<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/guia-ibi-sevilla\/\">Gu\u00eda completa del IBI en Sevilla: qu\u00e9 es, c\u00f3mo se calcula y cu\u00e1ndo se paga<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/como-calcular-la-plusvalia-municipal-en-sevilla\/\">C\u00f3mo calcular la Plusval\u00eda Municipal en Sevilla en 2026<\/a><\/li>\n<\/ul>\n\n<p><em>Fuentes consultadas el 6 de julio de 2026: Agencia Tributaria (escala estatal de la base imponible del ahorro y exenciones por reinversi\u00f3n en vivienda habitual y para mayores de 65 a\u00f1os). Este art\u00edculo tiene car\u00e1cter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado, ya que existen especialidades auton\u00f3micas, coeficientes de abatimiento para viviendas antiguas y compensaciones de p\u00e9rdidas de ejercicios previos que no se recogen aqu\u00ed.<\/em><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Si vendes tu piso en Sevilla, esto es lo que Hacienda te pide por la ganancia y c\u00f3mo evitar pagar de m\u00e1s en 2026.<\/p>\n","protected":false},"author":11,"featured_media":5404,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"vh_cover_variant":"","vh_cover_palette":"default","vh_cover_eyebrow":"","vh_cover_stat_main":"","vh_cover_stat_delta":"","vh_cover_stat_source":"","inline_featured_image":false,"vh_cover_title":"","vh_cover_subtitle":"","footnotes":""},"categories":[100,106],"tags":[],"class_list":["post-5405","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-impuestos-vivienda-sevilla","category-vender-casa"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5405","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/11"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5405"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5405\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5406,"href":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5405\/revisions\/5406"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5404"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5405"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5405"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vivenziahome.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5405"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}